Publicación de Decreto de Estímulos Fiscales para Región Fronteriza Norte y Región Fronteriza Sur
El 31 de diciembre del 2025 se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se modifican los diversos de estímulos fiscales para la región fronteriza norte y el DECRETO de estímulos fiscales para la región fronteriza sur.
DECRETO:
ARTÍCULO PRIMERO. Se reforma el transitorio Primero del «Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2018 y sus posteriores modificaciones de 30 de diciembre de 2020, 21 de octubre de 2022 y 24 de diciembre de 2024, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2019 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforma el transitorio Primero del «Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2020 y su posterior modificación de 24 de diciembre de 2024, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2021 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Puedes consultar en la siguiente liga el Decreto.
Este decreto extiende principalmente la vigencia hasta el 31 de diciembre del 2026 para la aplicación del estímulo fiscal equivalente al 50% en las tasas de IVA (IVA 8%) tanto a personas fiscas como a personas morales que realicen sus actividades en establecimientos ubicados dentro de la región fronteriza norte o sur.
Asimismo, se amplía el plazo de aplicación hasta el 31 de diciembre del 2026 del estímulo fiscal de la tercera parte del impuesto causado en materia de ISR para los contribuyentes que realicen sus actividades en establecimientos ubicados dentro de la región fronteriza norte o sur.
Con base a lo anterior podrás continuar aplicando dichos estímulos fiscales con normalidad durante el ejercicio 2026.
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